Apertura del llamado a propuestas para exposiciones y actividades en la Sala Miguel Ángel Pareja, para el ciclo 2017.
Dirigido a estudiantes del Segundo Período de Estudios, docentes y egresados del IENBA-UDELAR.
La
presentación de propuestas se realizará desde el lunes 6 de marzo
al viernes 24 de marzo de 2017, en el local de la URM. Martí 3328, 1 ½
piso (frente a contaduría). El horario de recepción es de 17 a 20
hs. No se aceptarán presentaciones fuera de plazo. Por cualquier
consulta: urm.ienba@gmail.com , 27087606 interno 123, de 17 a 20 hs
Los
aspirantes deberán presentar:
- Nota
de solicitud: donde se exprese el pedido de la Sala para el Ciclo
2017.
- Breve
currículum sobre actividades plásticas del aspirante (exposiciones,
formación, publicaciones, etc).
- Carpeta
del trabajo; donde se describa el proyecto, las obras y/o las
actividades a realizar. Se recomienda incluir imágenes del proyecto,
una descripción sintética de las misma, y todo aquello que el
aspirante entienda necesario ayude a la compresión de lo
presentado. Se
podrá acompañar la carpeta de la propuesta con imágenes en formato
digital, en cd, pendrive, etc.)
Reglamento
para el funcionamiento del Espacio de Exposiciones (Sala Miguel Ángel
Pareja) del Instituto “Escuela Nacional de Bellas Artes”,
(asimilado a Facultad).
Consejo
del Instituto “Escuela Nacional de Bellas Artes”, resolución Nº
34, de fecha 8/12/08.
Consejo
Directivo Central, resolución Nº 22, de fecha 12/05/09.
Publicación
en el Diario Oficial Nº 13701, de fecha 10/06/09.
Art.
1º: Créase
el Espacio de Exposiciones del Instituto “Escuela Nacional de
Bellas Artes”, (asimilado a Facultad), con el nombre de “Sala
Miguel Angel Pareja”.
Art.
2º: Objeto.-
El Espacio de Exposiciones que se crea por este acto, tendrá por
objeto, difundir la producción en artes plásticas y visuales, tanto
nacional como del exterior, en sus más amplias concepciones y
técnicas expresivas, así como las investigaciones de estudiantes,
docentes y egresados del Instituto “Escuela Nacional de Bellas
Artes”, (asimilado a Facultad), que revistan interés como
investigación estético-plástica, a juicio de la Comisión Asesora
y de Selección.
Art.
3º: El
espacio: “Sala Miguel Angel Pareja” estará ubicado en el hall
del edificio central del Instituto (José Martí 3328).
Art.
4º: El
Consejo del Instituto “Escuela Nacional de Bellas Artes”,
(asimilado a Facultad) al crear el Espacio de Exposiciones, tiene
como propósitos:
-
Que
el mismo sea usufructuado por docentes, egresados y estudiantes de
dicho instituto, así como por aquellas personas, grupos o
instituciones que la Comisión Asesora y de Selección determine.
-
Procurar
que en la programación del calendario de exposiciones anual, estén
presentes todos los destinatarios descriptos por el artículo
anterior.
c. Realizar
anualmente, en el mes de setiembre, un llamado a interesados, entre
los cuales se seleccionarán hasta ocho expositores.
Concomitantemente se fijará en esta oportunidad la agenda
del año siguiente teniendo en cuenta los tiempos de programación
necesarios así como posibles invitaciones (hasta cuatro) a
personalidades artísticas notorias, nacionales o internacionales u
otras actividades que necesiten de la Sala, de acuerdo a lo previsto
en el inciso d).
d. El
Consejo del I. ENBA tendrá a su disposición cuatro, de las doce
fechas que se contemplan en el calendario anual, para determinar el
uso de la Sala por personas o instituciones no participantes del
Llamado descrito en c).
-
El
Consejo podrá, por motivos fundados, modificar el calendario
aprobado previamente, pudiendo llegar a disponer que determinados
expositores realicen su muestra en el ejercicio siguiente.
DE
LA COMISIÓN ASESORA Y DE SELECCIÓN
Art.
5º: Se
crea una Comisión Asesora y de Selección, integrada por un miembro
de cada Orden, la que será designada por el Consejo del Instituto.
Los
miembros de la Comisión Asesora y de Selección actuarán por un
período de dos años, a partir de su designación. Vencido el plazo,
el Consejo del Instituto renovará su integración.
Art.
6º: En
oportunidad del nombramiento de la Comisión Asesora y de Selección
se designarán tres suplentes a efectos de cubrir eventuales
renuncias o vacantes temporarias.
Art.
7º: Será
competencia de la Comisión Asesora y de Selección:
-
Elaborar
una lista, por orden de inscripción de los aspirantes. Se podrá
requerir: 1) La presentación de fotografías de las obras, ò 2)
Presentación de los originales, y/ó 3) Visita a los talleres
cuando el carácter de la muestra lo requiera, ó 4) Presentación
de proyectos cuando la misma exija el armado en el Espacio de
Exposiciones.
-
Confeccionar
el calendario de exposiciones anual, en base a la selección de ocho
expositores, procurando que, además del interés del material a
exponer, su selección tienda a contener la mayor diversidad de
tendencias estéticas y lenguajes expresivos procurando evitar la
repetición en un mismo período.
-
El
orden cronológico en que expondrán los ocho aspirantes
seleccionados, se establecerá por medio de un sorteo que realizará
la Comisión A. y de S., en acto público en fecha prefijada, y en
el que podrán estar presentes los expositores seleccionados,
quienes serán notificados de dicha fecha.
Dicho
calendario será propuesto al Consejo del Instituto, en tiempo
suficiente como para que pueda ser considerado no más allá de la
última sesión de cada año.
-
Supervisar
el montaje de la muestra.
-
Analizar
el diseño, nivel y calidad de los impresos, tanto catálogos,
afiches, etc.
-
Procurar
instrumentar la difusión de las muestras a través de los medios
masivos de comunicación.
-
Procurar
la instrumentación de un programa de visitas guiadas, para lograr
el acercamiento de escuelas, liceos, institutos y demás agentes
culturales.
-
Solicitar
la colaboración y/o asesoramiento de las diversas estructuras del
Instituto “Escuela Nacional de Bellas Artes”, (asimilado a
Facultad).
-
Procurar
la conservación del mantenimiento y buen estado del espacio de
exposiciones.
DE
LAS INSCRIPCIONES
Art.
8º: Las
solicitudes deberán presentarse durante el mes de setiembre de cada
año en la Unidad de Relacionamiento con el Medio del Instituto, en
horario que se aprobará oportunamente por el Consejo del I. ENBA y
se difundirá durante el mes de agosto.
DEL
FUNCIONAMIENTO
Art.
9º:
-
El
Espacio de Exposiciones funcionará desde el mes de abril al mes de
diciembre de cada año.
-
Los
días y horas de habilitación serán de lunes a viernes de 13 a 20
horas.
-
Si
las visitas guiadas lo ameritan, se habilitará durante la mañana.
DE
LAS MUESTRAS
Art.
10º: Las
obras a exhibirse deberán venir con los elementos imprescindibles
para permitir su montaje (alambres, tanzas, pitones, bases, etcétera)
Art.
11º: Las
obras expuestas, deberán entregarse terminadas, no permitiendo en el
local el uso de cemento, cal, yeso u otros materiales que puedan
afectar las instalaciones. Si ello fuera necesario, deberá ser
manifestado de antemano, siendo la Comisión de Selección quien
resuelva en definitiva, con los asesoramientos que se requieran.
Art.
12º: El
Instituto “Escuela Nacional de Bellas Artes”, (asimilado a
Facultad), a través de la Comisión Asesora y de Selección,
reproducirá las obras expuestas, por medio de videos y fotografías.
Se
registrarán en el Instituto, las obras, testimonios e imágenes de
los expositores, así como sus curriculums. La Comisión Asesora y de
Selección, organizará un archivo (Centro de Documentación), con la
estructura necesaria para su consulta por estudiantes, docentes e
investigadores.
DEL
EXPOSITOR
Art.
13º:
-
El
aspirante a expositor deberá presentar su solicitud en las fechas
previstas, en la Unidad de Relacionamiento con el Medio del
Instituto
-
Deberá
presentar la misma acompañada de currículum y fotografía de
su obra.
Art.
14º: Si
la Comisión Asesora y de Selección lo requiriera deberá aportar
los originales.
Art.
15º: Al
finalizar cada muestra el expositor deberá entregar la sala en las
mismas condiciones en que la recibiera.
Art.
16º: Será
de cargo del expositor el montaje de la obra, debiendo aportar todos
los elementos necesarios, siendo apoyado por la Unidad de
Relacionamiento con el Medio.
Art.
17º: Finalizada
la exhibición, las obras deberán ser retiradas en un plazo de
cuarenta y ocho horas. Vencido el mismo el Instituto “Escuela
Nacional de Bellas Artes”, (asimilado a Facultad) no se hace
responsable de la conservación de las mismas.
Art.
18º: El
Espacio de Exposiciones contará en el horario de funcionamiento
–ajustado a la disponibilidad presupuestal- con un pasante
encargado de la vigilancia del lugar y de la preservación de la obra
allí expuesta.
Deberá tener un perfil, que le permita una fluida
comunicación a efectos de poder informar sobre las características
de las muestras.
Art.
19º: Podrá
acompañar el Espacio de Exposiciones un stand, donde se podrán
adquirir diversos elementos producidos, tales como, catálogos,
afiches, grabados, cerámicas, etcétera, cuyo producido será
destinado a financiar la Sala.
- Que el mismo sea usufructuado por docentes, egresados y estudiantes de dicho instituto, así como por aquellas personas, grupos o instituciones que la Comisión Asesora y de Selección determine.
- Procurar que en la programación del calendario de exposiciones anual, estén presentes todos los destinatarios descriptos por el artículo anterior.
- El Consejo podrá, por motivos fundados, modificar el calendario aprobado previamente, pudiendo llegar a disponer que determinados expositores realicen su muestra en el ejercicio siguiente.
Elaborar
una lista, por orden de inscripción de los aspirantes. Se podrá
requerir: 1) La presentación de fotografías de las obras, ò 2)
Presentación de los originales, y/ó 3) Visita a los talleres
cuando el carácter de la muestra lo requiera, ó 4) Presentación
de proyectos cuando la misma exija el armado en el Espacio de
Exposiciones.
Confeccionar
el calendario de exposiciones anual, en base a la selección de ocho
expositores, procurando que, además del interés del material a
exponer, su selección tienda a contener la mayor diversidad de
tendencias estéticas y lenguajes expresivos procurando evitar la
repetición en un mismo período.
El
orden cronológico en que expondrán los ocho aspirantes
seleccionados, se establecerá por medio de un sorteo que realizará
la Comisión A. y de S., en acto público en fecha prefijada, y en
el que podrán estar presentes los expositores seleccionados,
quienes serán notificados de dicha fecha.
Supervisar
el montaje de la muestra.
Analizar
el diseño, nivel y calidad de los impresos, tanto catálogos,
afiches, etc.
Procurar
instrumentar la difusión de las muestras a través de los medios
masivos de comunicación.
Procurar
la instrumentación de un programa de visitas guiadas, para lograr
el acercamiento de escuelas, liceos, institutos y demás agentes
culturales.
Solicitar
la colaboración y/o asesoramiento de las diversas estructuras del
Instituto “Escuela Nacional de Bellas Artes”, (asimilado a
Facultad).
Procurar
la conservación del mantenimiento y buen estado del espacio de
exposiciones.
El
Espacio de Exposiciones funcionará desde el mes de abril al mes de
diciembre de cada año.
Los
días y horas de habilitación serán de lunes a viernes de 13 a 20
horas.
Si
las visitas guiadas lo ameritan, se habilitará durante la mañana.
El
aspirante a expositor deberá presentar su solicitud en las fechas
previstas, en la Unidad de Relacionamiento con el Medio del
Instituto
Deberá
presentar la misma acompañada de currículum y fotografía de
su obra.
Deberá tener un perfil, que le permita una fluida comunicación a efectos de poder informar sobre las características de las muestras.
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